Emisión del certificado de autorización de operación de vehículos blindados para el servicio de transporte de especies monetarias y valores
Información proporcionada por: Ministerio del Interior (MDI)
Trámite orientado a emitir el certificado de autorización de operación del vehículo blindado para el servicio de transporte de especies monetarias y valores, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa vigente.
¿A quién está dirigido?
Compañías de vigilancia y seguridad privada constituidas bajo la modalidad de responsabilidad limitada, que deseen brindar el servicio de transporte de especies monetarias y valores
Dirigido a: Compañías de vigilancia y seguridad privada constituidas bajo la modalidad de responsabilidad limitada
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?
Certificado de autorización de operación de vehículos blindados para el servicio de transporte de especies monetarias y valores
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Requisitos Obligatorios
- Contar con el permiso de operación vigente
- Contar con el permiso de operación de transporte de especies monetarias y valores
- Contar con el Registro Único de Contribuyentes (RUC) actualizado, que respalde su actividad económica vinculada al transporte de valores y especies
monetarias - Solicitud ingresada mediante el Sistema de Seguridad Privada (SISEP) por parte de la Compañía de Vigilancia y Seguridad Privada.
¿Cómo hago el trámite?
- Para ingresar al Sistema de Seguridad Privada (SISEP), la compañía de vigilancia y seguridad privada solicitante debe ingresar al siguiente link: https://seguridadprivada.ministeriodelinterior.gob.ec:1301/auth/login-page, donde digitará como usuario y contraseña las mismas credenciales de ingreso del Sistema de Compañías de Seguridad Privada (SICOSEP).
En caso de error verifique sus credenciales e inténtelo de nuevo.
- Ingresado al sistema, en el menú principal dar clic en la opción BLINDADOS y se desplegará el formulario para registrar su solicitud, es de suma responsabilidad de la compañía de vigilancia y seguridad privada solicitante, revisar los datos que el sistema despliega automáticamente en la sección “información de la compañía”.
En caso de existir novedades en la información registrada automáticamente por el sistema, la compañía solicitante debe enviar mediante correo electrónico: gestion.documental@interior.gob.ec (recibidas únicamente por este medio) un oficio dirigido a la Dirección de Control y Monitoreo de Servicios de Seguridad dando a conocer la novedad.
- En la sección “Responsable de la solicitud”, la compañía de vigilancia y seguridad privada deberá registrar los datos de la persona que estará a cargo del trámite puesto que esta persona recibirá todas las notificaciones y comunicaciones relacionadas con el mismo.
- En la sección “Carga de requisitos de la solicitud”, la compañía de vigilancia y seguridad privada deberá registrar los requisitos obligatorios para la tramitación de esta solicitud, los cuales son:
- Póliza de responsabilidad civil contra terceros con fecha del ingreso de la solicitud, la póliza debe ser presentada de conformidad con el siguiente formato estandarizado: https://www.ministeriodelinterior.gob.ec/wp-content/uploads/2025/10/BLINDADOS_CERTIFICADO-DE-POLIZA-DE-RESPONSABILIDAD-CIVIL-1.docx
- Póliza de seguro de vida y de accidentes para el personal de la compañía de vigilancia y seguridad privada con fecha del ingreso de la solicitud, la póliza debe ser presentada de conformidad con el siguiente formato estandarizado: https://www.ministeriodelinterior.gob.ec/wp-content/uploads/2025/10/BLINDADOS_CERITIFCADO-DE-POLIZA-DE-ACCIDENTES-LABORALES-1.docx
- Póliza de transporte de especies monetarias y valores con fecha del ingreso de la solicitud.
- Certificado de encontrarse al día con el pago de las pólizas o comprobante del último pago, que debe ser a la fecha de la presentación de la solicitud
Nota: No olvide llenar todos los campos que se despliegan en el sistema de conformidad con el detalle del Manual de usuario adjunto al final de la presente, además de acatar las siguientes disposiciones para todos los documentos que se adjuntarán en la solicitud:
- Cada documento a cargar debe tener un nombre distinto, se dispone que como nombre del documento se ponga el título del requisito en letras mayúsculas.
- Los archivos deben tener una carga máxima de 2 megas.
- En la sección “Agregar y detallar los vehículos”, la compañía de vigilancia y seguridad privada solicitante, tiene la opción de ingresar hasta cinco (5) vehículos de una misma provincia y/o cantón por solicitud, dentro del cual deberán adjuntar los requisitos obligatorios detallados en el Acuerdo 5499 del Ministerio del Interior;
- Una vez registrados los vehículos individualmente, es indispensable que el solicitante revise que todos los campos de la solicitud estén llenos, para finalmente guardar y enviar la solicitud.
- Enviada la solicitud, esta llegará a la bandeja del analista a cargo de la Dirección de Control y Monitoreo de Servicios de Seguridad Privada, la cual será revisada.
En caso de que la información no cumpla con los requisitos obligatorios y/o se encuentre alguna novedad, mediante el sistema SISEP el analista a cargo detallará las observaciones encontradas que serán notificadas al correo que registró la persona responsable del trámite de la compañía solicitante para que sean subsanadas en el término de 15 días.
- Si la solicitud es aceptada, la Dirección de Control y Monitoreo de Servicios de Seguridad Privada solicita mediante el sistema de gestión documental (Quipux) a la Unidad Nacional de Control de Seguridad Privada y de Armas Letales y no Letales (UNA – COSP), la inspección de los vehículos ingresados por la compañía de vigilancia y seguridad privada solicitante;
- Recibida la solicitud la Unidad Nacional de Control de Seguridad Privada y de Armas Letales y no Letales (UNA – COSP), coordinará con la persona responsable del trámite por parte de la compañía de vigilancia y seguridad privada solicitante el cronograma de inspección;
- Realizada la inspección la Unidad Nacional de Control de Seguridad Privada y de Armas Letales y no Letales (UNA – COSP), remite a la Dirección de Control y Monitoreo de Servicios de Seguridad Privada el informe de inspección;
- En caso de que el informe de la Unidad Nacional de Control de Seguridad Privada y de Armas Letales y no Letales (UNA – COSP) sea favorable, la Dirección de Control y Monitoreo de Servicios de Seguridad Privada emitirá a la compañía de vigilancia y seguridad solicitante:
El certificado de autorización de operación de vehículos blindados para el servicio de transporte de especies monetarias y valores, el cual será entregado de forma física en las instalaciones del Ministerio del Interior.
Y, en caso de que los vehículos estén en proceso de registro y autorización de operación, adicionalmente 3 stickers para el caso de primera vez.
- En caso de que el informe de la Unidad Nacional de Control de Seguridad Privada y de Armas Letales y no Letales (UNA-COSP) sea desfavorable, se notificará al correo de la persona responsable el archivo del trámite, dejando constancia la obligatoriedad de ingresar una nueva solicitud, pues caso contrario se procederá conforme lo establecido en la Ley Orgánica de Vigilancia y Seguridad Privada.
Sírvase encontrar adjunto el Manual de Usuario del presente trámite donde se detallada paso a paso las acciones a seguir del ingreso de la solicitud por el Sistema de Seguridad Privada (SISEP).
CLIC PARA ABRIR EL MANUAL DE USUARIO DE BLINDADOS https://www.ministeriodelinterior.gob.ec/wp-content/uploads/2025/10/MANUAL-BLINDADOS.pdf